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Por: Ma. Cecilia Olivares Saldarriaga

Con la promulgación de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código de Protección y Defensa del Consumidor), vigente desde el 02 de octubre de 2010, se creó el Sistema de Arbitraje de Consumo, a fin de que mediante el arbitraje consumidores y proveedores, agentes que concurren al mercado, puedan resolver sus conflictos de manera sencilla, gratuita, rápida y con carácter vinculante.

Es así que, con la emisión Decreto Supremo N° 103-2019-PCM, Reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo (en adelante, el Reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo), publicado el 29 de mayo de 2019, se derogaron las normas anteriores que regulaban el arbitraje de consumo y se introdujeron, en base a la experiencia obtenida, las reglas que se encuentran vigentes.

En el presente artículo, se detallarán las características mencionadas, los beneficios y retos para posicionar el Sistema de Arbitraje de Consumo.