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De acuerdo al artículo 26º de la Decisión Nº 486 de la Comunidad Andina- Régimen Común de la Propiedad Industrial, el secreto empresarial es la información no divulgada que una persona natural o jurídica legítimamente posee; la cual puede usarse en alguna actividad productiva, industrial o comercial, y que sea susceptible de transmitirse a un tercero. Los requisitos que debe cumplir la información para ser considerada como tal son: (i) ser secreta; (ii) tener un valor comercial por ser secreta y (iii) haber adoptado las medidas razonables para mantenerla secreta.

Para la protección del secreto empresarial no se necesita presentar una solicitud a una entidad del Estado, pero sí conservar los documentos relevantes que sustenten que la información cumple con los tres requisitos señalados anteriormente. En ese sentido, las fórmulas de fabricación de productos, las estrategias comerciales, los métodos empresariales y de manufactura, información sobre actividades de investigación y desarrollo, cartera de clientes y determinadas bases de datos, se consideran secreto empresarial.

Por lo tanto, el uso ilegal de información que califica como un secreto empresarial, constituye una conducta desleal (artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal).

En Nexo Legal nos importa que la actividad empresarial nacional sea desarrollada de manera honesta y leal.  Por ende, ponemos a disposición de nuestra cartera de clientes las herramientas jurídicas idóneas para la adecuada protección de la información y valor de sus operaciones y actividades comerciales. Todo ello, a la luz de los estándares normativos más exigentes y con la solvencia moral inherente al ejercicio de actividades legales y comerciales en favor de la sociedad. Contáctanos para recibir la asesoría legal que requieres, al correo contactos@nexolegal.pe

 

 

 

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