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¿Acabas de recibir un pago extra y tienes la intención de disminuir tus deudas con el Banco o financiera?

Te aconsejamos que efectúes el prepago de un préstamo y te beneficies de tu derecho como consumidor.

El literal k) del artículo 1º del Código de Protección y Defensa del Consumidor contempla que el consumidor tiene el derecho de efectuar el prepago de su deuda (pagar antes de la fecha de vencimiento), en forma íntegra o parcial, debiendo el acreedor proceder a la reducción de los intereses compensatorios al día de pago, así como la liquidación de comisiones y gastos derivados del contrato celebrado. Es decir, tienes el derecho de pagar tu deuda antes de los plazos acordados y el banco o financiera no puede impedírtelo.

Asimismo, se encuentra prohibido que el proveedor aplique algún tipo de penalidad o cobro por efectuar el prepago de la deuda, a fin de perjudicar al consumidor por su decisión. Por tanto, no pueden cobrarte por ningún concepto en caso decidas pagar tu deuda de manera anticipada.

En caso el Banco o la entidad financiera se niegue a aceptar el prepago de la deuda o a reducir los intereses puedes registrar tu reclamo en el Libro de Reclamaciones del proveedor y/o acudir al INDECOPI.

Si requieres asesoramiento legal, nosotros podemos ayudarte. Escríbenos a contactos@nexolegal.pe

Foto: www.freepik.es